Referencias

  • Número: 0028
  • Transcriptor: William Salazar Quemé
  • Productor/autor/institución generadora: Gobierno de Guatemala
  • Ubicación geográfica: Guatemala
  • Fechas extremas: 1882
  • Referencia: Fondo documental de San Marcos.
Lunes, 16 Marzo 2020 15:57

Prohibición de procesiones

Escrito por

Las leyes emitidas durante los gobiernos liberales mermaron la autoridad eclesiástica a fin de quitar el poder que ejercían sobre las conciencias de la población, para reforzar este fin se emiten, decretos, leyes y bandos que regulan el ejercicio de la religión al interior de los templos -es decir en el ambiente privado- restringiendo aun más la libertad religiosa en el país.

Este acuerdo lo publicamos en el contexto de la prohibición de las procesiones decretada por el actual gobierno con el fin de establecer la cuarentena para evitar la propagación del Coronavirus (COVID-19).

Palacio del Gobierno:

    Guatemala, junio de 1882.

Que el Gobierno está en el deber de prevenir los desórdenes a que

frecuentemente dan lugar las procesiones; y que la Ley Constitutiva de la

República solo garantiza el ejercicio de los cultos en el interior de los templos,

el Jeneral Presidente.

ACUERDA:

1º – Queda prohibida toda procesión fuera de las iglesias, y en consecuencia,

el viático se conducirá sin pompa ni aparato de ninguna especie: 2º - Los que

contravengan a estas disposiciones, se tendrán como infractores de los bandos

de buen gobierno y sufrirán la pena de uno a veinte días de arresto menos,

conmutable a razón de un peso diario. – Comuníquese. – Rubricado por el Sr.

Jeneral Presidente.

   Díaz Mérida.