ACTA DE ANEXIÓN DE CENTRO AMÉRICA

AL IMPERIO MEXICANO

 

Hist. Después de que las autoridades del Reino de Guatemala decidieron la unión al imperio mexicano, presidido por Agustín de Iturbide, se suscribió la siguiente acta que ratifica tal decisión:

 

Palacio Nacional de Guatemala, enero 5 de 1822.

 

Habiéndose traído a la vista las contestaciones de los ayuntamientos de las provincias, dadas en virtud del oficio circular de 30 de noviembre último, en que se les previno que en consejo abierto explorasen la voluntad de los pueblos sobre la unión al Imperio Mexicano, que el Serenísimo señor don Agustín de Iturbide Presidente de la Regencia, proponía en su oficio de 19 de octubre que se acompañó impreso; y trayéndose igualmente las contestaciones que sobre el mismo punto han dado los tribunales y comunidades eclesiásticas y seculares, jefes políticos, militares y de hacienda, y personas particulares, a quienes se tuvo conveniente consultar, se procedió a examinar y regular la voluntad general de la siguiente manera:

 

Los ayuntamientos que han convenido llanamente en la unión, según se contiene en el oficio del Gobierno de México, son ciento cuatro. Los que han convenido en ella con algunas condiciones, que les ha parecido poner, son once. Los que han comprometido su voluntad en lo que parezca a la Junta Provisional, atendido el conjunto de las circunstancias, son treinta y dos.

Los que se remitieron a lo que diga el Congreso, que estaba convocado desde el 15 de septiembre y debía reunirse el 1º de febrero próximo son veintiuno.

Los que se manifestaron no conformarse con la unión, son dos. Los restantes no han dado contestación, y si la han dado no se ha recibido. Y traído a la vista el estado impreso de la población del Reyno, hecho por un cálculo aproximado, sobre los censos existentes para la elección de Diputados, que se circuló en noviembre anterior, se halló: que la voluntad manifestada llanamente por la unión, excedía de la mayoría absoluta de la población reunida a este Gobierno. Y computándose la de la Intendencia de Nicaragua, que desde su declaratoria de independencia del Gobierno español, se unió al de México, separándose absolutamente de éste; la de Comayagua, que se halla en el mismo caso; la de la Ciudad Real de Chiapas, que se unió al Imperio aun antes de que se declarase la independencia de esta ciudad; la de Quetzaltenango, Sololá y algunos otros pueblos, que en estos últimos días se han adherido por sí mismos a la unión; se encontró que la voluntad general subía a una suma casi total. Y teniendo presente la Junta que su deber, en este caso, no es otro que trasladar al de México lo que los pueblos quieren, acordó verificarlo así, como ya se le indicó en oficio del 3 del corriente. Entre varias consideraciones que ha hecho la Junta, en esta importante y grave materia en que los pueblos se hayan amenazados en su reposo, y especialmente en la unión con sus hermanos de las otras provincias con quienes han vivido siempre ligados por la vecindad, comercio y otros vínculos estrechos, fue una de las primeras, que por medio de la unión a México querían salvar la integridad de lo que antes se ha llamado Reino de Guatemala, y restablecer entre sí la unión que ha reinado por lo pasado; no apareciendo otro para remediar la división que se experimenta. Como algunos pueblos han fijado al juicio de la Junta lo que más les convenga resolver en la presente materia y circunstancias, por no tenerlas todas a la vista, la Junta juzga, que manifestada la voluntad de la universalidad, como lo está de un modo tan claro, es necesario que los dichos pueblos se adhieran a ella para salvar su integridad y reposo.

 

Como las contestaciones dadas por los Ayuntamientos, lo son con vista al oficio del Serenísimo señor Iturbide que se les circuló, y en él se propone como base de la observancia del Plan de Iguala y de Córdova, con otras condiciones, benéficas al bien y prosperidad de estas provincias, las cuales si llegasen a término de poder por sí constituirse en Estado independiente, podrán Libremente constituirlo; se ha de entender que la adhesión al imperio de México es bajo estas condiciones y bases.

 

Las puestas por algunos Ayuntamientos, respecto a que parte están virtualmente contenidas en la general, y parte difieren entre sí para que puedan sujetarse a una expresión positiva; se comunicarán al Gobierno de México para el efecto que convengan; y los Ayuntamientos mismos, en su caso, podrán darlas como instrucción a los Diputados respectivos, sacándose testimonio por la Secretaría.

 

Respecto de aquellos Ayuntamientos que han contestado remitiéndose al Congreso, que debía formarse, y no es posible ya verificarlo, porque la mayoría ha expresado su voluntad en sentido Jefes y Oficiales arriba firmados.

 

Hemos convenido en mandar copia de esta Acta a todas las Municipalidades de los pueblos y cabeceras del Departamento.

 

Gabino Gainza                        El Marques de Aycinena                    Miguel de Larreinaga

José del Valle                         Mariano de Beltranena                     Manuel Antonio Molina

Antonio Rivera                       José Mariano Calderón                     José Antonio Alvarado

Angel María Candina             Eusebio Castillo                                 José Valdez

José Domingo Diéguez (secretario)                          Mariano Gálvez (secretario)

 

 

 

Publicado en Transcripción

 

 

 

Documentos sobre la Independencia de Centro América

 

Les presentamos estos documentos sobre la Independencia que incluyen:

 

1.     Carta de invitación al arzobispo Ramón Casaus y Torres para que asista a la reunión del 14 de septiembre de 1821.

2.     Acta de Independencia de Centro América del 15 de septiembre de 1821.

3.     Acta de anexión a México en el Imperio de Agustín de Iturbido el 05 de enero de 1822

 

Sugerencias metodológicas:

A.     Hacer una introducción con lluvia de ideas preguntado:

                i)        ¿Qué opinan sobre la Independencia de Centroamérica?

                ii)       ¿Recuerdan las historias de los próceres de la independencia y lo que hacían antes de la firma del acta?

                iii)     ¿creen que somos un país independiente?

 

B.     Lectura comentada de cada documento.

C.     Discusión en grupos sobre las lecturas.

      D.    Puesta en común de las conclusiones. 

 

Publicado en Material didáctico