LEY 13.

DECRETO DEL GOBIERNO, DE 21 DE MARZO DE 1847, ELEVANDO EL ESTADO AL RANGO DE REPÚBLICA LIBRE, SOBERANA, E INDEPENDIENTE.

 

El presidente del estado de Guatemala, con el importante objeto de fijar, de una manera permanente, el bienestar de los pueblos, cuya administración es á su cargo, dando cumplimiento á la ley constitutiva,  debida á la previsión de las legislaturas de 1832 y 33 que dice así:

El gefe supremo del estado de Guatemala, por cuanto la asamblea extraordinaria tuvo á bien emitir y la actual ordinaria sancionar el decreto que sigue:

—La Asamblea legislativa del estado de Guatemala, reunida en sesiónes extraordinarias con el principal objeto de dictar medidas que aseguren en el mismo estado el orden constitucional y la tranquilidad publica:

—Considerando: que la forma de gobierno que ha adoptado la nación, no está del todo cimentada, y que antes bien, los movimientos populares del estado del Salvador y el pronunciamiento de la asamblea de Nicaragua, presentan los síntomas mas tristes de la disolución del pacto federal.

-Conociendo, que si por desgracia llegase esto a suceder, acaso los enemigos del orden para entablar la anarquía, reputarán por roto el lazo que une entre sí á los pueblos del estado, desconociendo la misión de sus altos poderes.

—Deseando prevenir estos males y conservar en todo caso la integrida del estado; previos los trámites prescritos por la constitución y con unanimidad de votos, ha venido en decretar y decreta:

—Art.1º Si por algún evento ó en cualquier tiempo llegase á faltar el pacto federal, el estado de Guatemala se considera organizado como preexistente á dicho pacto, y con todo el poder necesario para conservar el orden interior, la integridad de su territorio y poder libremente formar un nuevo pacto con los demás estados, ó ratificar el presente, ó constituirse por sí solo de la manera que mas le convenga.

—Art.2º El artículo anterior se tendía como adiciónal 11°, sección 1ª dé la constitución del estado.

—Art.3º Se sujetará el presente decreto á la ratificación de la próxima legislatura ordinaria.

—Dado en Guatemala, á veintisiete de enero de mil ochocientos treinta y tres.

—Francisco Alburez,

Diputado presidente.

—Manuel J. Ibarra,

Diputado secretario.

—Buenaventura Lambur,

Diputado secretario.

 

—Y la presente legislatura ordiaria, en uso de la facultad que le concede el artículo 265 de la constitución del estado, ha "venido en sancionar, por unanimidad de votos, el decreto que antecede, de veintisiete de enero de mil ochocientos treinta y tres.

—Dado en Guatemala, á veintiséis de febrero de mil ocho-cientos treinta y tres.

 

—Manuel J.Ibarra,

Diputado por Guatemala,

Presidente.

—José María Flores,

Diputado por Verapaz,

Více-presidente.

 

—Macario Rodas,Diputado por Totonicapam. —José Antonio Alcayaga, Diputado por Quezaltenango. —Juan Martínez, diputado por Guatemala. —Domingo García, diputado por Sacatepequez. Mariano Rivera Faz, diputado por Verapaz. —Presb.Manuel Rendon, diputado por Sacatepequez. —Manuel Cayetano Morales, diputado por Chiquimula. —Manuel Abarca, diputado por Guatemala. —Félix Solano, diputado por Solóla, secretario. —Francisco de Paula Castillo, diputado por Quezaltenango, vice-secretario—

Guatemala, abril 12 de 1833.-

—Ejecútese.—

Firmado de mi mano, sellado con el sello del estado, y refrendado por el secretario del despacho general del gobierno.

 

—Mariano Gálvez.

 

—Y por disposición del poder ejecutivo se inserta en el boletín oficial para los efectos consiguientes.

 

—Dios, unión, libertad. —

Guatemala, abril 12 de 1833.

—Marcos Dardon.

Y considerando:

1º— Que en el espacio de ocho años transcurridos desde la disolución del pacto federal que este estado concurrió á formar con los demas de Centro-América en 1824, no ha sido posible restablecer dicho pacto, ni formar otro nuevo, y Guatemala no ha podido ejercer la parte del poder público que tenia cometida á las autoridades federales, y se ha visto privado de las relaciones políticas que era de su deber abrir y fomentar, para aprovecharse de los progresos de la civilización y de los frutos de la paz, que afortunadamente ha gozado en estos últimos años.

2º- Que durante esta situación desventajosa y de tanto peligro, que ha debido cesar desde que se observó ser infructosas las tentativas de reorganización, por no haberse llegado á reunirla convención ni la dieta, convocadas en distintas épocas para aquel objeto, se han sufrido usurpaciones permanentes y otros ultrajes de parte de nuestros vecinos, sin que de la nuestra pudieran emplearse para reparar ó impedir estos males, los medios de que las naciónes usan en semejantes casos, por no poder dichos estados servirse directamente del derecho de gentes.

3º— Qué en consecuencia, se incurriría en grave responsabilidad dejando continuar por mas tiempo esta situación excepcional, cuyos enormes inconvenientes son obvios, principalmente para los que han estado encargados del gobierno, y tenido que transigir, por no ser posible terminar legalmente, cuestiones que de otra manera exponian al estado y comprometían su misma existencia.

4º—Que habiéndose ofrecido en el decreto de 17 de abril de 1839, que continuarían sin alteración las disposiciones federales que tocasen al exterior, el estado ha quedado sugeto á leyes en las cuales no puede introducir las reformas qué el transcurso del tiempo y nuevas circunstancias hacen necesarias; lo que envuelve el absurdo de que hallándose el mismo estado independiente de hecho, lo es solamente para tener obligaciones, y nó para hacer respetar sus derechos.

—Que en la expectativa de reorganización nacional, el estado no ha podido darse una constitución política, porque en la incertidumbre de los términos y condiciones en que aquella pudiera tener efecto, era imposible fijar el número y la entidad de las facultades que el estado debiera reservarse, pudiendo tal reorganización verificarse desde la adopción dé ún sistema que produjese la fusión completa de intereses, hasta el de la confederación intentada inútilmente; y también porque Guatemala no ha querido prevenir ni poner obstáculo de ningún género á la reforma proyectada.

Por tanto, en ejecución de la ley de 27 de enero de 1833, y para que pueda utilizarse la autorización concedida por la asamblea constituyente en decreto de 27 de Julio de1841, que dice así:

—El gobierno queda autorizado por el presente decreto y se le faculta, cuanto sea bastante, para proveer á la seguridad y defensa del territorio, y para mantener las buenas relaciones con el exterior, según convenga al estado, sin considerarse restringido en aquellas atribuciones que anteriormente ejercía el gobierno federal: Con anuencia del consejo y de más autoridades del estado, declara y decreta:.

1º—Él estado de Guatemala se halla en el caso prevenido en la última parte del artículo 1º de la preinserta ley constitutiva: en consecuencia, le corresponde todo el poder de nación independiente; y se considera en toda la capacidad de cuerpo político.

2º—La representación popular, que será convocada para deliberar sobre el proyecto de constitución que le presentar á el gobierno, tomará en consideración, de preferencia, esta declaratoria.

3º—Todos los habitantes del estado, sus autoridades y funcionarios obrarán en el sentido de esta declaratoria, dada en ejecución de una ley constitutiva; y aquellos á quienes corresponda, cuidarán de que los actos públicos como las ejecutorias y provisiones de los tribunales, sean expedidas á nombre de la república DE GUATEMALA.(*)

4º—Continuando vigentes, como lo están, y en su vigor y fuerza los tratados y convenios existentes con los demás estados, sus ciudadanos gozarán en Guatemala de las consideraciones á que tengan derecho por dichos convenios, ó por los que en adelante se celebren.

5º— La absoluta independencia en que ahora se constituye esta república, no será jamás un obstáculo á la reorganización de Centro-América, y los otros estados hallarán perpetuamente en Guatemala la misma favorable disposición de su antigua confraternidad.

6º— Todo acto en contravención á lo dispuesto en la ley de 27 de enero de 1833,y á la presente declaratoria, se reputará como una hostilidad, si viniere del exterior; y si departe de los habitantes de esta república, como una traición que será juzgada y castigada con arreglo á las leyes existentes.

Dado en el palacio del supremo gobierno de Guatemala,

Á veintiuno de marzo de mil ochocientos cuarenta y siete.

 

   Rafael Carrera. —

El secretario del interior,

J. Antonio Azmitia.

 

* El artículo 3.° del decreto constitucional llamado de Reformas de 4de abril de 1855, ha derogado virtualmente el arriba consignado en este, aunque no lo diga de un modo explícito; y lo mismo por el auto acordado del superior tribunal de justicia, de 5 de mayo de 1855. (Nota del compilador para la recopilación.)

 

 

 

Image cortesia: imagenes cortesía del Museo Nacional de Historia tomadas de Wikipedia.

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Borrar la memoria y la historia:

el caso de la Fundación de la República de Guatemala

 

En Guatemala no se conmemora la Fundación de la República de Guatemala, hecho acaecido el 21 de marzo de 1847. De igual manera, la mayoría de guatemaltecos ignora que el primer presidente de la República de Guatemala fue Rafael Carrera.

 

Antecedentes

El 22 de noviembre de 1824 quedó constituida la República Federal de Centroamérica. Esta estaba formada por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Juntas formaban un estado federado, con un presidente y un congreso federal, mientras que cada una conservaba un estado con su propio jefe o presidente de Estado. El último presidente federal fue el hondureño Francisco Morazán, en tiempos en que el Jefe del Estado de Guatemala era Mariano Gálvez. El intento por mantener unidad a Centroamérica en un estado federal no fructificó, pues no duró ni siquiera dos décadas. Como bien lo apunta Regina Wagner, “El fin de la Federación empezó cuando cayó el gobierno liberal del doctor Mariano Gálvez el 1º. De febrero de 1838” (WAGNER, 2009, p.10).

 

Luego de la caída de Mariano Gálvez, se produjo un efecto dominó con la separación progresiva de cada uno de los estados federados:

Nicaragua se separó el 30 de abril de 1838, Honduras lo hizo el 28 de octubre de 1838 y Costa Rica, el 14 de noviembre del mismo año. El 1 de febrero de 1839 la Federación Centroamericana quedó disuelta oficialmente. El Salvador no aprobó la separación sino hasta 1841. Literalmente el único Estado sobreviviente de la federación era Guatemala.

 

Cuando Rafael Carrera asumió la presidencia del estado de Guatemala, en 1844 existían las condiciones para crear la República de Guatemala, ya que, ante la disolución de la República Federal, y ante las pocas probabilidades de revivirla, no había más opción que establecer dicha república. Igualmente había presiones externas para tal fundación. Tanto el cónsul general de la Gran Bretaña en Centroamérica, Frederick Chatfield, como Rudolph Klee,  cónsul general para Centroamérica de las Ciudades hanséaticas de Bremen y Hamburgo, y los reinos de Hannover y Prusia,  presionaron para que Guatemala se constituyera como Estado independiente.

 

La Fundación de la República de Guatemala

El 21 de marzo de 1847, el entonces Presidente del Estado de Guatemala, Rafael Carrera, firmó el decreto Número 15, con el que se fundó la República de Guatemala. Un hecho tan relevante en la vida política de un país debería al menos ser recordado. En nuestro país, y a partir del arribo de los gobiernos liberales en 1871, y cuyo poder se extendió hasta 1944, ocurrió todo lo contrario. Los gobiernos liberales y sus intelectuales diseñaron una estrategia para borrar de la memoria aquel hecho ocurrido el 21 de marzo de 1847. Y al parecer la estrategia funcionó perfectamente.

 

En su proyecto de nación, los liberales consideraban que eran ellos los llamados a llevar a Guatemala a la modernidad, al mundo civilizado.  En su proyecto modernizante ocupaba un lugar determinante romper con el modelo que los precedió, es decir con el llamado “Régimen Conservador” (1838 a 1871). Ideólogos liberales como el Doctor Lorenzo Montúfar platearon esa dicotomía conservador-liberal, en la que ser conservador era ser retrógrado, atrasado, mientras que ser liberal era ser moderno, civilizado. A propósito Víctor Hugo Acuña en su trabajo “La historiografía liberal centroamericana: la obra de Lorenzo Montúfar (1823-1898)” señala lo siguiente:

 

Desde la Independencia, –dice Montúfar– los dos partidos políticos en que ha estado dividido el país, han tenido diferentes denominaciones. Un partido se llamaba servil o moderado, y otro liberal o fiebre. Los serviles no han insistido en Centro-América, como en otros países en que se les llame moderados. Probablemente, ellos comprenden que la historia de Centro-América es un argumento terrible contra tal moderación. Quieren que se les llame conservadores. No en todos los periodos de nuestra historia han podido tener esa denominación. Pudo llamárseles conservadores cuando querían conservar el régimen español y el imperio mexicano; pero no podían llamarse conservadores sino retrógrados y reaccionarios cuando querían destruir la nación y las leyes liberales. Desde el 13 de abril de 1839, los serviles pudieron volverse a llamar conservadores porque se proponían conservar el solio ensangrentado de Rafael Carrera. (Lorenzo Montúfar, citado por Acuña, 2006).

 

Fueron los liberales los encargados de crear el imaginario de nación más exitoso que ha habido en Guatemala. Parte de su éxito fue borrar de la memoria y de la historia al período que consideraban como edad oscura de Guatemala. Si los liberales eran los paladines de la modernidad, era porque habían derrotado al lastre conservador. Y su victoria no fue solo con las armas. La toma de la ciudad de Guatemala, y del poder político aquel 30 de junio de 1871, cuando derrotaron al último gobierno conservador, el de Vicente Cerna, vino acompañada de los esfuerzos por desterrar para siempre al período que ellos mismos bautizaron como Dictadura Conservadora.

 

“El discurso historiográfico desarrollado a partir de 1871 estuvo  vinculado a la construcción del Estado nacional, por lo que la historia y su utilización política pasaron a ocupar un lugar privilegiado.” (Valladares, 1994:105)

 

En ese orden de ideas, los autodenominados liberales, decidieron que en su proyecto de nación tendría más sentido la conmemoración de hechos como la Independencia de Centroamérica del 15 de septiembre de 1821, que el de la Fundación de la República de Guatemala. Estas ideas se trasladaron a la historiografía y a los libros de texto de la época, como el del ya citado Lorenzo Montúfar, “Reseña Histórica de Centro América (1878) o el “Curso de historia de la América Central, desde tiempos primitivos hasta 1914 (José Antonio Villacorta, 1915).  

 

Con el advenimiento del Centenario de la Independencia de Centroamérica, celebrado el 15 de septiembre de 1921, los gobiernos liberales y sus intelectuales le pusieron la guinda al pastel de la conmemoración de este hecho, y a la vez del destierro de la fecha del 21 de marzo de 1847. Ni los gobiernos, ni los docentes, ni los escolares supieron más de la Fundación de la República de Guatemala, ni de su primer presidente, Rafael Carrera. En su lugar se vino, como hasta la fecha, todas esas manifestaciones “cívicas” en torno a la conmemoración de la independencia, como los desfiles escolares, los altares cívicos, y un poco más adelante las antorchas.

 

Igual suerte corrió la figura de Rafael Carrera, borrada de la historia oficial. En todo el país solo un paso a desnivel, en la ciudad capital,  se inauguró con su nombre. En el imaginario sobre Rafael Carrera mucha gente se limita a repetir que era analfabeta y un ignorante  que no podía ni escribir su nombre. En su lugar los gobiernos liberales de la primera mitad del siglo XX  elevaron a Justo Rufino Barrios a la categoría de “El Reformador de Guatemala”. En su nombre de erigieron estatuas, bustos y demás. Escuelas públicas, colegios, colonias y calzadas fueron bautizadas igualmente con su nombre. Su rostro se estampó en el billete de cinco Quetzales.  No hay un personaje laico que haya sido más reproducido en esculturas que él.

 

Por supuesto que en este artículo no pretendemos hacer una apología sobre la figura de Rafael Carrera. Sin embargo sí es importante que, como docentes, podamos explicar cómo es que la historia puede contribuir a exaltar a determinado personaje, y también a desprestigiar e incluso anular lo actuado por ciertos personajes. La historia puede ser utilizada para manipular. Justamente una evidencia palpable de ello es que hoy, tanto la Fundación de la República de Guatemala, como su primer presidente, Rafael Carrera, han sido borrados de la historia y de la memoria.

 

 

 imagenes cortesía del Museo Nacional de Historia tomadas de Wikipedia.

Bibliografía:

Acuña, Víctor Hugo. La historiografía liberal centroamericana: la obra de Lorenzo Montúfar (1823-1898). Medellín. Revista Historia y Sociedad No.12. 2006

Valladares, Mayra. La enseñanza de la historia y la formación cívica en el sistema educativo formal en Guatemala (1871-1944). Guatemala. Instituto de Investigaciones Históricas, Antropológicas y Arqueológicas, Escuela de Historia, USAC. Revista Estudios No. 22 1994.

Wagner, Regina. La Independencia y la Fundación de la República de Guatemala en 1847. Revista Momento, Asociación de Investigación y Estudios Sociales. Año 24. No. 5. 2009.

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